PERIÓDICO EL PÚBLICO

Fallo importante para ser tenido en cuenta por quienes 
son responsables del manejo de piscinas 

Tribunal de Cundinamarca falla a favor de Benedetti acción de cumplimiento de ley de piscinas
El senador dijo que los municipios donde estén ubicadas las piscinas, incluidos los centros recreativos, deben aplicar las normas de seguridad.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió a favor del senador de la U, una acción de cumplimiento contra dos ministerios y municipios del país de la ley que regula el funcionamiento de piscinas públicas y privadas de uso colectivo, que operan en el territorio nacional y que implementa condiciones de seguridad y salubridad para todas las personas que hacen uso de estas.
El senador Armando Benedetti se mostró satisfecho con la decisión del alto tribunal y dijo que con el fallo se garantizará que no sólo el gobierno haga cumplir la norma sino que los municipios donde estén ubicadas piscinas, incluidos centros recreativos, apliquen las normas de seguridad y así eviten la muerte de niños y adultos.
Recomendó a los ministros y a los alcaldes donde hay piscinas ser muy estrictos en el cumplimiento de la norma en estas festividades y dijo que los que no acojan el llamado del Tribunal de Cundinamarca están expuestos a una demanda por desacato.
De acuerdo con el fallo emitido ayer por el magistrado Fredy Ibarra, los ministerios de Salud y Protección Social y municipios donde se ubiquen piscinas deberán cumplir de manera inmediata la ley 1209 de 2008 –de seguridad en piscinas- y el decreto reglamentario 2171 expedido en su momento por el ministerio de Trabajo y de Protección Social, so pena de sanciones.
"Ordénese al Ministerio de Salud y la Protección Social el cumplimiento de los artículos 8,11 y 12 del decreto 2171 de 2009, para lo cual deberá en el término de 5 días contados a partir de la notificación realizar los trámites pertinentes para expedir la resolución que reglamente lo dispuesto en el artículo 11 y 12 y para expedir e implementar el Formulario Único de Inspección sanitaria a las piscinas".
La decisión del tribunal se fundó en el evidente incumplimiento por parte de las autoridades públicas y de particulares de la ley de piscinas. En la demanda se demostró el no acatamiento de las medidas de seguridad y salubridad que impone la ley, lo que genera un latente riesgo para la comunidad.