Fallo importante para ser tenido en cuenta por quienes
son responsables
del manejo de piscinas
Tribunal de Cundinamarca falla a favor de Benedetti acción de cumplimiento
de ley de piscinas
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió a favor del senador
de la U, una acción de cumplimiento contra dos ministerios y municipios del
país de la ley que regula el funcionamiento de piscinas públicas y privadas de
uso colectivo, que operan en el territorio nacional y que implementa
condiciones de seguridad y salubridad para todas las personas que hacen uso de
estas.
El senador Armando Benedetti se mostró satisfecho con la decisión del
alto tribunal y dijo que con el fallo se garantizará que no sólo el gobierno
haga cumplir la norma sino que los municipios donde estén ubicadas piscinas,
incluidos centros recreativos, apliquen las normas de seguridad y así eviten la
muerte de niños y adultos.
Recomendó a los ministros y a los alcaldes donde hay piscinas ser muy
estrictos en el cumplimiento de la norma en estas festividades y dijo que los
que no acojan el llamado del Tribunal de Cundinamarca están expuestos a una
demanda por desacato.
De acuerdo con el fallo emitido ayer por el magistrado Fredy Ibarra, los
ministerios de Salud y Protección Social y municipios donde se ubiquen piscinas
deberán cumplir de manera inmediata la ley 1209 de 2008 –de seguridad en
piscinas- y el decreto reglamentario 2171 expedido en su momento por el
ministerio de Trabajo y de Protección Social, so pena de sanciones.
"Ordénese al Ministerio de Salud y la Protección Social el
cumplimiento de los artículos 8,11 y 12 del decreto 2171 de 2009, para lo cual
deberá en el término de 5 días contados a partir de la notificación realizar
los trámites pertinentes para expedir la resolución que reglamente lo dispuesto
en el artículo 11 y 12 y para expedir e implementar el Formulario Único de
Inspección sanitaria a las piscinas".
La decisión del tribunal se fundó en el evidente incumplimiento por
parte de las autoridades públicas y de particulares de la ley de piscinas. En
la demanda se demostró el no acatamiento de las medidas de seguridad y
salubridad que impone la ley, lo que genera un latente riesgo para la
comunidad.