PERIÓDICO EL PÚBLICO

Slawomir Mrozek (Polonia, 1930)

En mi habitación la cama estaba aquí, el armario allá y en medio la mesa.
Hasta que esto me aburrió. Puse entonces la cama allá y el armario aquí.
Durante un tiempo me sentí animado por la novedad. Pero el aburrimiento acabó por volver.
Llegué a la conclusión de que el origen del aburrimiento era la mesa, o mejor dicho, su situación central e inmutable.
Trasladé la mesa allá y la cama en medio. El resultado fue inconformista.

El colombiano Carlos Orlando Pardo Viña gana el premio internacional 'Rubén Darío' 2017

Carlos Orlando Pardo Viña
El autor colombiano Carlos Orlando Pardo Viña ha sido galardonado con el premio internacional 'Rubén Darío' 2017 por su obra 'Bohemian rhapsody' y por toda su trayectoria profesional como escritor.
Este premio, que ha sido dado a conocer en el marco de la Feria del Libro de Trujillo (Cáceres), fue creado en 2005 por el PEN Club Español y el Grupo Editorial Sial Pigmalión, para premiar a autores de todo el mundo que hayan destacado como poetas, narradores o ensayistas.
El premio tiene como finalidad reivindicar la figura del poeta, narrador, ensayista, periodista y diplomático nicaragüense, Rubén Darío, máximo representante del modernismo literario en lengua española.
La Feria del Libro de Trujillo ha sido el foro en el que ha dado a conocer su fallo el jurado formado por personalidades relevantes del mundo de la literatura.

Para los colombianos

Soberanía popular. El pueblo de Cajamarca Tolima consignó su voluntad el domingo 26 de marzo de 2017 en defensa de la vida, es decir la defensa del agua y del medio ambiente. 
El PREÁMBULO de la Constitución nacional nos impone: "El pueblo de Colombia en ejercicio de su poder soberano...".
 El artículo tercero de la Constitución nacional impera: " La Soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. EL PUEBLO LA EJERCE DE FORMA DIRECTA O POR MEDIO DE SUS REPRESENTANTES...".

Mujer ¿Cuáles son tus derechos?

Antes de 1932 las mujeres colombianas eran consideradas como menores de edad, por lo cual no podían manejar sus bienes ni comparecer ante la justicia; con la ley 28 de 1932 (1), sancionada por el presidente Enrique Olaya Herrera, las colombianas fueron reconocidas como ciudadanas lo que se tradujo en la adquisición de algunos derechos civiles.

En el marco de esta ley las mujeres obtuvieron la autorización para cursar estudios de secundaria, y en 1933 las Universidades empezaron a recibirlas como estudiantes, con lo cual algunas mujeres, apoyadas por sus familias ingresaron a la Universidad y fueron las primeras profesionales del Siglo XXI. En 1942 Rosita Rojas Castro se convirtió en la primera abogada del país (2) y a ella le siguieron mujeres como Beatriz Lizarazu, graduada de derecho en 1947.

Otro hecho importante en la lucha de los derechos de las mujeres en Colombia fue el Acto Legislativo No. 3 del 27 de agosto, mediante el cual se le otorgó a las mujeres el derecho de elegir y ser elegidas, en 1954, bajo el gobierno del general Gustavo Rojas Pinilla.

Conoce más sobre los derechos de las mujeres en los siguientes enlaces.

Código Civil Colombiano -Página web de la Universidad Externado de Colombia.

Para los colombianos.

Hacienda pública, peculados y Maquiavelismo.
Por Mariano Rodríguez
La Hacienda Pública o recursos públicos es lo más sagrado de la sociedad, el manejo de la misma exige la más alta probidad y escrúpulos de quienes ostentan la dignidad de servidores públicos.
El peculado es el hurto que comete un servidor público de los recursos públicos al estado Colombiano. Se define el peculado como: "El servidor público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del estado o de empresas o instituciones en que esta tenga parte o de bienes o fondos parafiscales o de bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, incurrirá en prisión de ..."Ha afirmado por medios de comunicación el fiscal general de la nación que los atentados al patrimonio  del estado en los departamentos y municipios es de 20 Billones de pesos, el procurador general de la nación ha informado que las pérdidas del patrimonio estatal oscilan entre 20 y 40 billones de pesos, el contralor general de la república ha dicho que las pérdidas por corrupción en Reficar suman 17 billones de pesos.
El gerente de la campaña presidencial del candidato Juan Manuel Santos ha reconocido públicamente que a la campaña ingresaron 400.000 mil dólares y se dice que en la campaña del 2014 de Juan Manuel Santos ingresaron 1 millón de dólares, valores financiados y pagados por Odebrecht.
Nicolás de Maquiavelo de 1460 decía "si en la conquista y conservación del poder os tenéis que acudir al fraude, la mentira, el engaño y aun al crimen no os tardéis que el fin justifica los medios."

Invito a todos los colombianos a que hagamos de la ley el derecho y la justicia instrumentos que salvaguarden las instituciones, recuperen las mismas y salvemos la república. Todos contra el vicio y la corrupción.

Para los colombianos:

Por Mariano Rodríguez
“Constitución Política, Jurisdicción Especial Para la Paz y Cosa Juzgada”. Manda la Constitución Política que para ser magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado se requiere, 1) Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio, 2) Ser abogado, 3) Haber desempeñado cargos en la rama judicial o en el ministerio público o haber ejercido con buen crédito por el mismo tiempo la profesión de abogado o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas o en establecimientos reconocidos oficialmente. La Jurisdicción Especial Para la Paz es un organismo incorporado a los acuerdos finales firmados entre el Gobierno y las Farc; en dicho documento se establece que quienes van a nombrar o elegir esa Jurisdicción Especial Para la Paz son una comisión integrada por tres extranjeros , por una ONG y por una farmaceuta. Se dice también que algunos de estos magistrados de la Jurisdicción Especial Para la Paz van a ser extranjeros; de ser ello así, se está atentando abiertamente contra el ordenamiento constitucional colombiano. Esta Jurisdicción Especial Para la Paz tendrá como función entre otras la de investigar y juzgar a personas que ya fueron condenadas por la Jurisdicción ordinaria de Colombia, es decir por los jueces y tribunales nacionales.
Los integrantes de la comisión que va a nombrar o elegir los magistrados de la Jurisdicción Especial se han reunido con las personas que ya fueron condenadas por delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio. La Jurisdicción Especial Para la Paz a más de investigar y juzgar a personas que ya fueron condenadas, tiene la facultad de revisar a más de las sentencias de los tribunales, las decisiones de los órganos de control, es decir, de la Procuraduría y la Contraloría General de la República. En el mismo acuerdo se dice que dicha Jurisdicción Especial Para la Paz tendrá que acatar y obedecer el espíritu, los principios de los acuerdos firmados entre el Gobierno y las Farc. De ser aprobado en el Congreso de la República esa Jurisdicción Especial Para la Paz, a la que hoy le faltan dos debates, no hay duda que se sustituye la Constitución Política y Colombia pasa a ser un estado inviable, por cuanto la figura de la supremacía de la Constitución estará en una categoría inferior a los acuerdos finales, así como desaparecerá la figura de la cosa juzgada. En estricto sentido, el principio de la cosa juzgada significa que nadie puede ser averiguado, investigado ni sometido a juicio dos o más veces por la misma conducta, después de que esta haya sido definida por sentencia ejecutoriada, es decir en firme. La figura de la Jurisdicción Especial Para la Paz es creada como Jurisdicción ad-hoc en fecha muy muy posterior a los tribunales ordinarios colombianos.

Señores Congresistas, salvemos el Estado Social y Democrático de Derecho.